Acoso callejero en la legislación peruana

Ley Para Prevenir Y Sancionar El Acoso Sexual En Espacios Públicos

El 4 de marzo del 2015, el Congreso de la República del Perú aprobó un proyecto de LEY PARA PREVENIR Y SANCIONAR EL ACOSO SEXUAL EN ESPACIOS PÚBLICOS que previene y sanciona el acoso sexual callejero, el primero de su naturaleza en el continente. Paremos el Acoso Callejero ha sido un actor clave para el proceso de creación y difusión del proyecto de ley.

Tal como su nombre lo señala, la mencionada ley no solo se busca sancionar las prácticas de acoso callejero, sino también prevenir que estas se sigan reproduciendo y brindar atención a aquellas personas que sean víctimas de esta forma de hostigamiento en la vía pública o el transporte público.

Puedes leer la ley completa a continuación:

Ley 30314 – Ley Para Prevenir y Sancionar El Acoso Sexual En Espacios Públicos

 

¿Qué más dicen las leyes peruanas?

La Constitución Política del Perú hace énfasis en que la finalidad última de la sociedad y del Estado es la persona humana y la protección de su dignidad. Contempla expresamente el derecho humano a la libertad y a la seguridad personal.

El Artículo 44° de la Constitución menciona que son deberes primordiales del Estado: “defender la soberanía nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general…”

Por su parte, el código Penal peruano castiga el acoso sexual en su forma de acciones explícitas encontradas en el  Art. 183Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos años el que, en lugar público, realiza exhibiciones, gestos, tocamientos u otra conducta de índole obscena”; sin embargo, esta figura no admite los piropos y silbidos. A pesar de ello, castiga en el Artículo 183 del Código Penal en el capítulo de Ofensas públicas los actos considerados más agresivos. Es un avance importante introducido al nivel jurídico nacional en el 2001.